Términos y Condiciones
Información importante
CONDICIONES GENERALES DE VENTA VIGENTES DESDE 16 FEBRERO DE 2021
V2 – 2021.02.16
Todos los pedidos y todas las ventas se regirán de acuerdo a los términos expresados en el contrato / orden de compra, cualquiera sea la forma en que se realice o suscriba (en adelante, “contrato”) suscrito entre GESTORA CATALANA DE RESIDUOS, S.L.U. (en adelante, “GCR”) y la parte compradora correspondiente (en adelante, el “Comprador”). La aplicación de las condiciones generales de compra del Comprador queda expresamente excluida. En el caso de no existir pactos adicionales por escrito, regirán solamente las condiciones que aparecen en el presente documento a continuación.
1. La mercancía (o producto) especificada en la confirmación de pedido y/o en la factura será entregada según las condiciones expresadas en la misma, en buenas condiciones y debidamente consignada. Se estará al Incoterm (Cámara de Comercio Internacional) pactado; en ausencia de pacto acerca del Incoterm de aplicación, la mercancía (o producto) quedará de cuenta y riesgo del Comprador en el momento de la entrega en el punto designado o desde su puesta a disposición a favor del Comprador. El pago por adelantado del transporte o flete por parte de GCR o del Comprador u otros acuerdos, no motivará alteración de estas condiciones, salvo pacto expreso al respecto. GCR no asume responsabilidad alguna por daños, pérdidas o perjuicios resultantes de la manipulación o uso de la mercancía después de haber sido realizada la entrega o puesta a disposición acordada.
2. Hasta donde la ley permita, GCR mantendrá la plena propiedad de los productos vendidos que no hayan sido manipulados o procesados, hasta haber sido pagados por el Comprador en su totalidad. Salvo acuerdo previo con GCR, el Comprador no puede, por sí y/o con o por terceros, procesar o manipular dichos productos. Si la ley aplicable no permitiese retener la propiedad, pero permitiese en cambio que el vendedor pudiera retener otros derechos sobre los productos, GCR estará autorizado a ejercer todo derecho de esta naturaleza.
El Comprador autoriza a GCR a tener anotado o inscrito su derecho de retención de la propiedad hasta su pago, bien en registro público, bien en otros lugares o en el propio producto. El Comprador además acuerda mantener el producto a buen recaudo para protegerlo de pérdida o daños y protegido de reclamación de terceros hasta que el precio de compra haya sido satisfecho en su totalidad. Hasta que dicho precio haya sido abonado, el Comprador está obligado a informar a terceros, en particular a autoridades públicas y/o tribunales, de que el propietario es GCR.
La mercancía vendida debe pagarse en el lugar y según los importes que se expresan en la confirmación de pedido y/o en la factura. Los pagos por entregas parciales deberán hacerse según se efectúen las entregas de producto o se especifique en la confirmación de pedido y/o en la factura.
3. Cuando el flete deba ser pagado por GCR, ésta se reserva el derecho de designar el medio de transporte, la vía y la ruta de envío. Si al Comprador le interesa que dicho medio de transporte, vía o ruta sea distinta de la prevista por GCR y resultase más cara, el Comprador deberá abonar a GCR todo el exceso resultante.
4. El peso, el volumen, las dimensiones y las taras que se expresen en los documentos de GCR se considerarán correctos, salvo prueba en contrario.
5. Las mercancías adquiridas a GCR deberán almacenarse siempre bajo cubierta, en zona seca y, en general, siguiendo las especificaciones de GCR. El Comprador deberá examinar y realizar las pruebas e inspecciones necesarias tan pronto reciba la mercancía y antes de que ésta sufra alteración alguna de su forma original y deberá seguir las indicaciones de GCR respecto al trato
y cuidado del producto. El Comprador será responsable de la observancia de la normativa legal y administrativa referente a la importación, transporte, almacenamiento y utilización de la mercancía. El Comprador renuncia expresamente a cualquier reclamación, por cualquier causa o motivo, siempre que cualquier parte de la mercancía haya sido tratada, manufacturada, procesada o modificada en cualquier forma, con excepción de las cantidades de material que normal y usualmente se necesiten para realizar las pruebas corrientes de dicha mercancía. La responsabilidad de determinar si la mercancía es adecuada o no para el uso que el Comprador y/o su/s cliente/s le dé o quiera dar a la mercancía recae exclusivamente en el Comprador, que es quién conoce las especificaciones que debe cumplir su producto final, quedando GCR libre de cualquier responsabilidad al respecto; en consecuencia, no cabe, y así lo acepta expresamente el Comprador, reclamar a GCR responsabilidad alguna sobre la comerciabilidad o uso de la mercancía adquirida. La responsabilidad a este respecto es exclusiva del Comprador y/o, en caso, de su/s cliente/s. Los datos e informaciones sobre la idoneidad y aplicación de la mercancía no eximen al Comprador de llevar a cabo sus propios controles y ensayos, y no implican responsabilidad alguna para GCR. El Comprador renuncia expresamente a cualquier reclamación que no haya realizado por escrito dentro de los 30 días a partir de la fecha de la entrega o puesta a disposición de la mercancía. A falta de tal notificación, las entregas se considerarán aceptadas por el Comprador.
6.1 GCR no acepta ni concede garantías expresas o implícitas que no estén específicamente reconocidas en el presente documento.
6.2 GCR garantiza que, en el momento de la entrega, los productos vendidos al Comprador (i) cumplirán con las especificaciones vigentes de GCR para dichos productos, (ii) se fabrican, envasan y etiquetan de conformidad con las normas vigentes y (iii) estarán libres de cargas o gravámenes.
6.3 GCR no ofrece ninguna garantía del rendimiento de los productos entregados ni de su comerciabilidad o idoneidad para un propósito particular. Las garantías expresas que GCR incluye en estas condiciones son las únicas garantías que GCR ofrece. El Comprador es responsable de realizar las pruebas apropiadas con respecto a la idoneidad de los productos para los propósitos, usos o finalidades que pretenda el Comprador y/o sus clientes y/o de las condiciones de procesamiento.
6.4 Si los productos no cumplieren con los requisitos de la cláusula 6.2, si el Comprador notifica a GCR debidamente tal extremo de acuerdo con el presente y tuviere razón, GCR, a su elección, reemplazará los productos no conformes con productos que cumplen con las especificaciones o reembolsará el precio de los productos no conformes, y, si el Comprador sufre un daño directo probadamente causado únicamente por dicha no conformidad y por culpa de GCR, ésta, dentro de los límites de las cláusulas 6.5 y 6.6, estará obligado a compensar al Comprador por dicho daño, siempre con el límite máximo de la cantidad efectivamente abonada por el Comprador por la compra del producto que no cumpla con lo previsto en la cláusula 6.2.
6.5 En ningún caso, ni GCR, ni las empresas de su grupo, ni los auxiliares, empleados y/o directivos de cualquiera de ellas, serán responsables ante el Comprador, sus filiales, auxiliares, sus empleados y directivos por cualquier daño indirecto, incidental o consecuencial incluidos, a título enunciativo y no limitativo, lucro cesante, pérdida de beneficios, oportunidades, ingresos, producción o uso, costes financieros o de capital, costes de inactividad, demoras y reclamaciones de clientes del Comprador, costes de energía sustitutiva, pérdida de ahorros previstos, incremento de costes, daños financieros o reclamaciones de los clientes del comprador por dichos daños, ya sea como resultado de incumplimiento de contrato, incumplimiento de declaraciones y garantías, u otros.
6.6 Cualquiera sea el motivo o causa, ninguna reclamación del Comprador podrá ser mayor de, ni GCR será, en modo alguno, responsable, por un importe superior al importe efectivamente abonado por el Comprador por la compra del/los producto/s que no cumpla/n con lo previsto en la cláusula 6.2.
7. En el caso de que, según el Comprador, la mercancía o parte de ella, no reuniese las condiciones pactadas, éste deberá dar cuenta por escrito de las deficiencias detectadas. La mercancía no podrá ser devuelta a GCR sin el previo permiso por escrito de ésta. GCR tendrá, en todo caso, derecho a examen de la misma y a su contraste y verificación con sus propias muestras.
8. La adquisición de equipos o productos sujetos a patentes no confiere al Comprador ningún derecho, expreso o implícito, que no esté debidamente especificado.
9. Los términos de pago expresados son los indicados en la confirmación de pedido y/o en la factura a no ser que hubiese sido aceptado el cambio por escrito de los mismos por GCR. El impago de la factura a su vencimiento constituye un incumplimiento sustancial de las obligaciones contractuales. Si el Comprador incurriere en mora, GCR estará autorizada a exigir el pago de intereses de demora del 5%.
Cualquier falta de cumplimiento de esta condición por parte del Comprador o la sospecha fundada respecto de la solvencia financiera de la misma, dará derecho a GCR a cancelar futuras entregas.
10. Los tributos, impuestos o tasas de cualquier clase, bien sea por unidades de producción, almacenaje, venta, transporte o consumo que GCR hubiese satisfecho como consecuencia de la mercancía que se especifica en la confirmación de pedido y/o en la factura, serán de cuenta y cargo del Comprador a no ser que quede debidamente justificado que está exenta de dichos pagos o se haya pactado por ambas partes lo contrario por escrito.
11. No existirá responsabilidad alguna por la demora o incumplimiento de la entrega de la mercancía a que se refiere la confirmación de pedido si ésta proviniese de cualquier causa debidamente justificada (incluyendo a modo enunciativo y no limitativo, problemas de tipo laboral, problemas o huelgas de transporte, dificultades para efectuar el transporte de modo ordinario por causas ajenas a GCR, epidemias, desastres naturales o de otro tipo, revueltas, dificultad o imposibilidad de obtener materiales, equipos o transportes y/o mandamiento judicial) y/o de fuerza mayor ajena a la voluntad o a las posibilidades de las partes contratantes. De acuerdo con esta condición, podrá cancelarse un concreto pedido relativo a la mercancía afectada por el retraso por razón de las condiciones anteriormente expresadas, en caso de demora superior a 60 días, pero el resto de los compromisos contraídos continuaran en vigor. Si las existencias de mercancías sujetas a venta según la confirmación de pedido se viesen limitadas por las causas mencionadas anteriormente, GCR se reserva el derecho de disponer de las existencias disponibles en la forma proporcional que considere equitativa y justa.
12. La fecha que aparece suscrita en la confirmación de pedido y/o en la factura se presume será la misma en que ha sido enviado por correo ordinario o electrónico.
13. Las obligaciones que GCR contrae por el presente documento están limitadas enteramente a los términos y condiciones indicados en el mismo y, en su caso, en la confirmación de pedido y/o en la factura, excluyéndose expresamente (i) cualquier uso o costumbre industrial o
comercial, y (ii) los términos y condiciones del pedido del Comprador o sus propias condiciones (generales o particulares) que pudieren no estar de acuerdo con las condiciones especificadas en este documento. Cualquier cambio o adición a las condiciones que afecten al presente documento no tendrán efecto alguno si no han sido aceptados previamente y por escrito por el Comprador y GCR.
14. Solamente serán reconocidos como evidencia de pago de las facturas emitidas por GCR, los justificantes de transferencias bancarias a favor de GCR o aquellos específicamente indicados en la propia factura.
15. El Comprador no podrá utilizar el embalaje con la marca de los productos suministrados para cualquier otro uso que no sea su destrucción. El Comprador será el responsable de dar el destino que la legislación de su país establezca para la gestión ambiental del embalaje en el que se envía la mercancía.
16. Las notificaciones y demás comunicados que una parte transmita a la otra surtirán efecto a partir del momento en que lo reciba la parte destinataria, siendo el domicilio de comunicación de la Compradora el que la misma haya indicado en su pedido. El Comprador facilitará una dirección de correo electrónico, que se obliga a que sea operativa, y que se entenderá siempre como válida a efectos de notificaciones, incluyendo notificaciones en caso de conflicto o litigio.
17. Las partes se someten expresamente a Derecho Español, con exclusión expresa de las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías de 11 abril 1980 (CISG).
En caso de cualquier controversia entre las partes que no se resuelva de manera amistosa por las mismas, éstas se someten, con renuncia expresa a sus propios fueros caso de ser otros, a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Barcelona ciudad (España).
18. En caso de que el Comprador recibiere las Condiciones Generales de Venta tanto en idioma español como en inglés, ello solamente será con la finalidad de facilitar su comprensión. En caso que hubiere una discrepancia idiomática, siempre prevalecerá la versión en inglés.
CONDICIONES GENERALES DE COMPRA VIGENTES A PARTIR DEL 27/04/2023
V3 – 27.04.2027
Todos los pedidos y compras efectuadas por GESTORA CATALANA DE RESIDUOS, S.L.U. (en adelante, «GCR») a Ustedes (en adelante, «Proveedor») se regirán de acuerdo a los términos expresados en estas condiciones generales de compra, cualquiera sea la forma en que se suscriba (en adelante, «contrato») y, en su caso, la orden de compra o pedido (en adelante,»PO»), suscrito entre ambas partes. En el supuesto caso que no exista PO, regirán solamente las condiciones que aparecen en el presente contrato.
La aplicación de las condiciones generales de compra del Proveedor y otras regulaciones
establecidas por el mismo, queda expresamente excluida lo que éste acepta expresamente. El Proveedor acepta expresamente este contrato y sus condiciones al efectuar una PO.
Cualquier modificación o condición del Proveedor que afecte a la PO y/o al contrato se
considerará no puesta y sin efecto alguno, salvo que cuente con aprobación expresa por
persona apoderada de GCR y por escrito que indique expresamente «aceptación modificación Condiciones Generales»».
En caso de contradicción entre las condiciones de este contrato y la PO, prevalece este
contrato. Cualquier PO la emitirá GCR de ordinario y a través de su sistema SAP. En el caso que la PO la emitiese o preparase el Proveedor, solo será válida si cuenta con la aprobación expresa y por escrito de GCR
1. El producto o servicio especificado en la PO será entregado según las condiciones expresadas en la misma y en buenas condiciones. Con su entrega, deviene propiedad de GCR. En su caso, se estará al Incoterm 2020 (Cámara de Comercio Internacional) pactado en la PO; en ausencia de pacto acerca del Incoterm de aplicación, el producto deberá ser entregado como se indica en el punto 4, a riesgo y ventura del Proveedor y corriendo éste con todos los gastos, incluyendo seguro y transporte, y será de cuenta y riesgo del Proveedor hasta el momento de su recepción por GCR. GCR no asume responsabilidad alguna por daños, pérdidas o perjuicios resultantes antes de haber sido realizada la recepción acordada.
2. GCR podrá cancelar o alterar la PO durante su ejecución, actuando de buena fe. El Proveedor no podrá rechazar dichos cambios, ni podrá alterar la PO sin el consentimiento previo y por escrito de GCR.
3. Las condiciones (incluyendo, en su caso, embalaje, montaje, etc.), modos y plazos de entrega y/o de prestación de servicio serán la que resulten de la PO; no pueden modificarse sin permiso por escrito de GCR. La PO y sus condiciones se entienden aceptados por el Proveedor, salvo éste muestre sus reservas por escrito en un plazo de dos días desde la remisión de la PO. El Proveedor suministrará toda la información técnica y formal a GCR (albarán, especificaciones técnicas, recomendaciones de uso y almacenaje, etc.) antes de o junto con la entrega de producto o prestación de servicio. del producto) en productos o servicios. Cualquier cambio que el Proveedor adopte durante la relación con GCR deberá ser reportado y aceptado por GCR. No caben cambios sin autorización previa y por escrito de GCR.
4. Las fechas de entrega y lugar de ejecución acordados son vinculantes y no pueden modificarse, salvo acuerdo por escrito de GCR. El lugar y modo de entrega será el acordado. El lugar de entrega o de prestación del servicio será, salvo acuerdo en contrario, las instalaciones de GCR indicadas en las en que se deba entregar y, en su caso, recepcionar. En caso de no identificarse una dirección concreta, se entregará en c/ Boters s/n, Pol. Ind. Les Planes, La Bisbal del Penedès, Tarragona 43717, España.
5. El Proveedor garantiza que sus productos y servicios cumplen con los compromisos adoptados con GCR en la PO, incluyendo documentación técnica, tales como especificaciones. El Proveedor garantiza además que sus productos y servicios están actualizados y cumplen con los más altos estándares de calidad. En caso de trabajos sucesivos o suministro periódico: el Proveedor deberá informar a GCR con razonable preaviso y por escrito sobre cualquier modificación o cambio (incluyendo en la composición del producto) en productos o servicios. Cualquier cambio que el Proveedor adopte durante la relación con GCR deberá ser reportado y aceptado por GCR. No caben cambios sin autorización previa y por escrito de GCR.
6. Auditoría de calidad: GCR puede efectuar auditorías de calidad de los productos, servicios o plantas
del Proveedor (en éste último caso, con preaviso y en horas de trabajo). El Proveedor proporcionará a
GCR la información que se le solicite, sin perjuicio de que GCR deberá respetar el deber de
confidencialidad. Dicha auditoría se podrá realizar, en caso que resulte justificado, por subcontratistas o
sub proveedores o colaboradores del Proveedor, lo que éste acepta. El incumplimiento de esta
obligación se puede alegar y ejecutar por GCR como causa válida de rescisión anticipada (sin coste o
indemnización alguna a cargo de GCR) del acuerdo con el Proveedor.
Conforme a su política de mejora continua, GCR dispone de un proceso de evaluación de sus
proveedores. Si su empresa es proveedor de GCR, le informamos que su servicio va a ser evaluado
anualmente a través de un cuestionario interno que evalúa principalmente la calidad del servicio y/o
producto(s) entregado(s), así como el cumplimiento de las condiciones acordadas previamente. En el
caso que la evaluación no resulte satisfactoria, GCR le notificará el resultado de la evaluación anual e
iniciará acciones de mejoras.
7. Los bienes y servicios suministrados a GCR pasarán a ser plena propiedad de ésta, deberán contar
con la calidad acordada, estar libres de defectos, libres de derechos y/o reclamaciones de terceros y/o
condicionantes de tipo alguno. El período de garantía de los productos y servicios suministrados será
de 36 meses y nunca menos que el período legalmente establecido, si fuere superior. Las labores de
inspección y control que efectúe, en su caso, GCR, no afectarán, ni limitarán tal responsabilidad del
Proveedor.
8. GCR podrá reclamar cualquier deficiencia al Proveedor, de forma razonable. Sin perjuicio de sus
derechos legales, GCR tendrá derecho, a su elección, a que se remedien, de forma inmediata,
defectos o incumplimientos (por reparación, sustitución, o de otro modo) de la forma más urgente
posible. En estos casos, adicionalmente, GCR siempre podrá optar por la compensación económica e
incluso cancelar completamente pedido o PO y ser resarcida económicamente por ello. El Proveedor
deberá asumir todos los gastos relacionados con la identificación de defectos, incluidos de forma
enunciativa y no limitativa, los de desplazamiento, reparación, sustitución, costes de reemplazo o
compensatorios.
9. Los productos y servicios serán usados por GCR del modo que estime oportuno, incluyendo, de
forma enunciativa y no limitativa, para su propio uso y/o para uso de o con terceros y/o para integrar
con bienes y/o servicios propios y/o de terceros y/o para su integración por éstos. Por razón de la PO,
en lo menester, se concede a GCR un derecho de licencia mundial no exclusivo, ilimitado y gratuito, en
relación con los productos o servicios suministrados (incluyendo derechos de propiedad intelectual o
industrial aparejados) y con derecho, en su caso, a sublicenciar a sus clientes con igual extensión.
Salvo por este punto, y salvo de pacto en contrario, los respectivos derechos de propiedad intelectual
de GCR y del Proveedor no se verán afectados por la PO.
10. Los plazos y/o calendarios de entrega de productos y/o prestación de servicios serán lo que
resulten de la PO. La demora de más de 2 días hábiles (según calendario de Barcelona-ciudad
(España)), implicará penalización equivalente al 1%/cada día natural de retraso del precio total pactado
(fijado o estimado) que resulte de la PO, y GCR lo podrá compensar con pagos al Proveedor, todo ello
salvo otra cosa se pacte. El Proveedor deberá proactivamente y con diligencia informar a GCR de
cualquier incidencia en relación con plazos y/o calendarios de entrega.
11. El Proveedor asume un deber de diligencia respecto a GCR y se compromete a informar de
cualquier incidencia, y en caso de que se haya informado al Proveedor sobre el uso o destino previsto
de los productos o servicios suministrados, o si el uso pretendido es razonablemente obvio para el
Proveedor, estará obligado a informar a GCR inmediatamente si los suministros o servicios del
Proveedor no son adecuados para cumplir con dicho propósito.
12. El Proveedor manifiesta y garantiza que es pleno propietario de los bienes o servicios suministrados,
incluso en caso de software u otros bienes análogos, y no estásujeto a limitación, condición, derecho de
tercero o restricción de ningún tipo.
13. El Proveedor manifiesta que cumple con toda la normativa de aplicación, en particular medioambiental,
laboral, de prevención del blanqueo de capitales y que no utiliza trabajo infantil y cumple con los estándares
que el Código Ético de GCR. Dichas obligaciones las asume en nombre propio y de las sociedades de su
grupo o vinculadas y de sus proveedores, respondiendo en caso contrario. Dicho código se puede verificar en:
www.gcrgroup.es. El Proveedor se obliga a justificar, por escrito, su cumplimiento de forma periódica o cuando
se lo requiera GCR; la negativa a facilitar dicha justificación se entenderá como incumplimiento grave y
culpable del Proveedor.
14. El Proveedor y empresas vinculadas no están incursas en causa que obligue a solicitar su disolución,
pre-concurso o concurso de acreedores, y están al corriente en el cumplimiento de todas sus obligaciones.
15. El Proveedor deberá tener suscrita por su cuenta y cargo, abonar la prima y mantener en vigor en todo
momento durante la vigencia de la PO o su relación con GCR (incluido el periodo de garantía), con compañías
de reconocida solidez financiera, las correspondientes pólizas de seguro por un importe suficiente para cubrir
los riesgos asociados a la ejecución de la PO. La eventual responsabilidad del Proveedor no se verá afectada
ni limitada por tener contratado seguro/s.
16. Cualquier incumplimiento por parte del Proveedor de lo previsto en este documento, incluyendo su punto
20 y singularmente en los apartados anteriores, faculta a GCR para cancelar la PO (incluyendo, con ello, que
el Proveedor deba proceder a la retirada, en todo o en parte, del producto suministrado y/o, en todo o en
parte, al cese en la prestación de servicios) y pedir plena compensación por ello al Proveedor, compensación
que nunca será inferior a los pagos ya efectuados por GCR al Proveedor, así como los costes, daños y
perjuicios sufridos por GCR (incluyendo, no limitativamente, cualquier coste o gasto de retirada, transporte o
desmontaje, aduanas, costes razonables de asesores o pérdidas de o con clientes), más un 25% adicional de
la cifra que resulte en total por estos conceptos. Todos los pagos del Proveedor serán abonados a primera
demanda de GCR.
17. Abonos / facturas: GCR requiere que se le facilite/n factura/n indicando número de PO, número de IVA, el
tipo, el alcance y el plazo de entrega, el precio por artículo, así como el impuesto sobre el valor añadido y
cualquier otro impuesto, convenientemente desglosado. El pago se efectuará mediante transferencia bancaria
y en las condiciones y plazos que resulten de la PO emitida por GCR, sin perjuicio del pleno derecho de GCR
a compensar pagos al Proveedor con cobros al mismo, todo lo que éste acepta.
18. Confidencialidad: el Proveedor suscribirá un acuerdo de confidencialidad con GCR. En todo caso,
particularmente si no lo suscribiere, es responsable de y deberá tratar confidencialmente cualquier información
facilitada por GCR y solo y únicamente podrá usar dicha información con el propósito de proveer los
suministros y/o servicios a GCR, no pudiéndola usar tampoco para sus propios fines. Dicha obligación alcanza
a todos sus empleados, colaboradores, empresas relacionadas o terceros. La información de GCR solo se
compartirá con los empleados, colaboradores, empresas relacionadas o terceros que necesiten conocerla por
participar en la ejecución de la PO. La información de GCR es considerada a todos los efectos secreto
empresarial, y debe ser tratada y protegida como tal, siendo el Proveedor responsable de la divulgación de
cualquier tipo de información provocada por sus empleados y/o colaboradores. El Proveedor no podrá indicar
ni hacer referencia alguna respecto de ser proveedor de GCR, sin autorización por escrito de GCR al
respecto.
19. Ninguna de las partes será responsable frente a la otra por los posibles retrasos o incumplimientos de
obligaciones como consecuencia de un evento que no pueda haber sido previsto por la parte afectada, sea
inevitable y ajeno a su control razonable y le impida cumplir sus obligaciones, pese a hacer todo lo
razonablemente posible. Entre tales eventos se incluirán los actos de terrorismo, de guerra o amenaza de
guerra, fenómenos naturales, incendios, explosiones, epidemias o acciones gubernamentales. Las huelgas
(incluidas las generales) no se considerarán eventos de fuerza mayor o caso fortuito. La parte afectada
deberá notificar inmediatamente a la otra parte la existencia de tal situación y estará obligada a
razonablemente solventarla o minimizar sus efectos. La suspensión de las obligaciones contractuales se
mantendrá mientras permanezca el caso evento de fuerza mayor o caso fortuito. Si dicho evento continuase
durante un periodo de tiempo dado por el que la PO dejase de tener utilidad para GCR, ésta estará facultada
para resolver la PO, con carácter inmediato, notificándolo por escrito, y ninguna de las partes tendrá ningún
derecho de reclamación frente a la otra por tal hecho o en relación con dicha fuerza mayor o caso fortuito.
20. Otros: 20.1 El Proveedor deberá proporcionar en sus documentos comerciales el origen de todos los
productos (país de origen), y garantiza que no se incumple ninguna normativa que impida su transmisión y
comercialización. 20.2. El Proveedor deberá cumplir con todas las leyes y regulaciones nacionales e
internacionales aplicables y relacionadas con exportación y embargo, incluyendo de Naciones Unidas, Unión
Europea o Estados Unidos de América. 20.3 El Proveedor informará a GCR, detalladamente y por escrito,
sobre todos los requerimientos de información que, justificadamente, la primera le solicite, siendo responsable
en caso contrario. 20.4. El Proveedor está obligado a informar a GCR de cualquier cuestión relevante que
afecte al producto o servicios, y deberá cumplir con las obligaciones dimanantes de la normativa que resulte
de aplicación (a modo ejemplificativo, medioambiental, REACH). 20.5 Tributos: se aplicarán y serán
responsabilidad de cada parte, según norma de aplicación. 20.6 El Proveedor no subcontratará, ni cederá, en
su totalidad o en parte, ningún derecho, deber u obligación en su relación con GCR, ni ningún derecho de
crédito por importes adeudados por GCR al Proveedor. GCR podrá, a su exclusivo criterio, ceder o enajenar
de otro modo cualquiera de sus derechos y obligaciones con el Proveedor, lo que le notificará. En caso de que
el Proveedor contrate o subcontrate el transportista del producto, GCR no asume ningún tipo de obligación ni
responsabilidad sobre dicho transportista, especialmente en lo que al pago de sus servicios se refiere. 20.7 Si
alguna de las cláusulas del presente fuera considerada inválida o inaplicable, en su totalidad o en parte, por
una autoridad competente, dicha disposición se interpretará en la medida estrictamente necesaria para
eliminar la invalidez o inaplicabilidad y la validez del resto de disposiciones no se verá afectada. 20.8 La
renuncia de GCR a reclamar al Proveedor por un incumplimiento no se considerará una renuncia a reclamar
por cualquier otro incumplimiento posterior, sea el mismo u otro distinto. Si GCR no reclamare sus derechos
en un momento dado, ello no afectará a su derecho a hacerlo en una fecha posterior. 20.9 Notificaciones. Las
notificaciones y demás comunicados que una parte transmita a la otra surtirán efecto a partir del momento en
que lo reciba la parte destinataria, siendo el domicilio de notificación el que haya indicado en su pedido. El
Proveedor facilitará a GCR una dirección de correo electrónico, que se obliga a que sea operativa, y que se
entenderá siempre como válida a efectos de notificaciones, incluyendo notificaciones en caso de conflicto o
litigio.
21. Las partes se someten expresamente a Derecho común español, con exclusión expresa de las
disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de
Mercaderías de 11 abril 1980 (CISG). En caso de cualquier controversia entre las partes que no se resuelva
de manera amistosa por las mismas, éstas se someten, con renuncia expresa a sus propios fueros caso de
ser otros, a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Barcelona ciudad (España). Esta condición es
esencial, y es aceptada por todas las partes expresamente.